Con visión formalista, la Corte convalidó ilegalidad del acueducto Indepencia: ONG
Fernando Camacho Servín y Angélica Enciso
Periódico La Jornada
Viernes 23 de enero de 2015, p. 37
El fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que permite la operación del acueducto Independencia sienta muy mal precedente para el estado de derecho, afirmó Andrea Cerami, coordinador de derechos humanos del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda).
El mensaje que envía a la sociedad es que no importa si un particular empieza una obra sin consultar a los propietarios de la tierra y de otros recursos naturales, o si carece de manifestación de impacto ambiental (MIA), dijo.
Luego de que el pasado miércoles la Corte validó la operación del acueducto y los títulos de concesión del caudal del río Yaqui en favor de la Comisión Estatal del Agua de Sonora, el Cemda, que ha acompañado la lucha de la tribu yaqui por el agua, señaló que el problema de fondo radica en que no existe una valoración sobre los impactos ambientales y sociales que ocasiona a extracción.
Consideró que con esta resolución se complica aún más la situación legal de la obra
, ya que por un lado la propia Corte dejó sin efecto la autorización de la MIA y pide reponer el proceso, pero permite la operación del acueducto.
Aunque aclaró que la SCJN no dio su aval a la obra, como dice de manera triunfalista el gobierno de Sonora
, Cerami dijo que tampoco se pronunció por impedir su operación, por lo cual no está siendo un contrapeso del gobierno federal ni hace su papel de juez. Se limita a tener una visión formalista y legalista
.
Además, señaló, esto deja incertidumbre jurídica para todos, porque al no contar con información precisa sobre la cantidad de agua que se extrae del río para llevarla a Hermosillo ni de la que se queda para consumo del Valle del Yaqui, es imposible saber si la obra es sustentable, lo cual puede perjudicar a los habitantes de ambas regiones.
El 8 de mayo de 2013 la Corte resolvió el amparo en revisión y ordenó a la Semarnat realizar una consulta a la tribu yaqui, de acuerdo con los estándares internacionales del derecho a la consulta a pueblos indígenas, pero desde julio pasado ese proceso está detenido.
Por su parte, Edmundo del Pozo, integrante del Centro de Análisis e Investigación Fundar, señaló que con este fallo la Corte valida una ilegalidad, pues permite que la obra siga operando sin tener MIA, con todas las graves consecuencias que eso tiene para los derechos de los yaquis
. El acueducto se construyó violando el derecho a la consulta previa, libre e informada, lo que no tuvo consecuencia legal alguna, y eso es sumamente grave
, pues se trata de una omisión del máximo tribunal del país, encargado justamente de que esos abusos no ocurran.
Esto profundiza la violación sistemática de los derechos de los indígenas, agudiza más el conflicto e ignora el contexto político que se vive en Sonora, donde hay gran descontento social por las megaobras que se imponen a los ciudadanos
, advirtió.
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