El director del IPN tendrá facultades para autorizar contratos y pago de consultorías
Ariane Díaz
Periódico La Jornada
Miércoles 19 de junio de 2013, p. 45
La Secretaría de Educación Pública (SEP) publicó este martes en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo mediante el cual confiere nuevas atribuciones al director general del Instituto Politécnico Nacional (IPN), como autorizar el dictamen de procedencia para la celebración de contratos en el extranjero en materia de bienes, arrendamientos o servicios
que deban ser utilizados o prestados dentro o fuera del territorio nacional, así como autorizar la erogación para la contratación de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones que requiera efectuar
dicha institución.
También será responsable de emitir las políticas, bases y lineamientos que en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público deberá observar el IPN, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables
, entre otras facultades.
De acuerdo con la ley orgánica de esa casa de estudios, la máxima autoridad es el director general.
El acuerdo 687, por el que se delegan en la autoridad del IPN las facultades conferidas por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del sector público a los titulares de las dependencias, se lleva a cabo en virtud de que éstos pueden delegar cualesquiera de sus facultades en funcionarios subalternos para la mejor organización del trabajo
, a excepción de aquellas que por disposición de ley o del reglamento interior respectivo, deban ser ejercidas por dichos titulares
.
En las consideraciones a que hace referencia el acuerdo se menciona: con la finalidad de procurar la mejor organización del trabajo administrativo y agilizar el despacho de los asuntos de la competencia del IPN, es necesaria la delegación de facultades en favor de su director general en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público
.
Deberá observar criterios que promuevan la modernización
El acuerdo señala que en la adopción e instrumentación de las acciones a efectuar en cumplimiento de lo dispuesto por la citada ley, el director general del IPN deberá observar criterios que promuevan la modernización y desarrollo administrativo y la descentralización de funciones
.
También deberá informar trimestralmente, por conducto de la Oficialía Mayor, al secretario de Educación Pública, o cuando éste lo solicite, sobre el ejercicio que haga de las facultades que por este acuerdo se le delegan".
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