Fernando Camacho Servín
Periódico La Jornada
Miércoles 27 de marzo de 2013, p. 42
En una decisión histórica
, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste) anunció el pasado lunes que otorgará sus beneficios a una pareja del mismo sexo, sin necesidad de dirimir el asunto mediante un juicio de amparo, como se ha estado haciendo durante varios meses, debido a que la ley de dicho organismo no contempla esa situación y no se ha reformado en el Congreso.
Tres años después de haber logrado el derecho al matrimonio, las 2 mil 247 parejas del mismo sexo que se han casado en el país siguen sin seguridad social. Sólo aquellas que han promovido un juicio de amparo podían lograr ese reconocimiento, pero una a la que ya se le había pasado el tiempo para ese trámite lo acaba de lograr
, afirmó Jaime López Vela, presidente de la asociación Agenda LGBT.
Aunque ya había vencido el tiempo para que iniciara un juicio de amparo –15 días a partir de la resolución de un juez–, una pareja de hombres del Distrito Federal decidió alegar ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) que si el Issste no les daba acceso a la seguridad social, estaría cometiendo una violación a las garantías de la pareja a usar dichos servicios.
Aprovechando la reforma de hace un año a la Ley de la CNDH, vi una puerta de salida en esa estrategia, porque hoy ese organismo puede emitir una recomendación, pero también ejercer acción penal por violaciones a los derechos humanos. Finalmente, el Issste reculó sobre su negativa y nos lo notificó el pasado lunes
, explicó el activista.
Se trata de una decisión histórica, porque nuestras familias homoparentales ya no tendrán que recurrir a un juicio de amparo, que representa un gasto y un procedimiento jurídico donde puedes perder o ganar. Ahora ya no es necesario un litigio, esto se puede resolver por la vía puramente administrativa, que es más corta, menos desgastante y más económica
, saludó.
Según López Vela, la decisión del Issste de otorgar sus servicios de seguridad social a la pareja demandante –en cumplimiento al artículo cuarto constitucional– ya es irreversible y puede motivar a otras a utilizar este mismo recurso.
Este matrimonio está formado por dos adultos mayores jubilados que llevan 30 años juntos. Su temor era a que alguno de los dos pudiera fallecer sin otorgarse mutuamente la pensión. Esta es una vía que se abre para casos aún más urgentes, en donde las familias necesitan seguridad social
, enfatizó el abogado, quien criticó la falta de acción del Consejo Nacional para Prevenir la Discrminación y pidió que este organismo se incorpore como una nueva dirección de la CNDH.
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